ONAD
Pasaporte Biológico
1. ¿Qué es el Pasaporte Biológico?
El principio fundamental del Pasaporte Biológico es monitorear variables seleccionadas (marcadores biológicos en orina y sangre) que pueden revelar indirectamente el efecto del uso de métodos y sustancias dopantes.
2. ¿Qué módulos componen el Pasaporte Biológico?
Actualmente, el ABP se compone de dos módulos:
El módulo hematológico que tiene como objetivo identificar la mejora del transporte de oxígeno, incluido el uso de agentes estimulantes de la eritropoyesis y cualquier forma de transfusión o manipulación de sangre.
El Módulo esteroidal tiene como objetivo identificar esteroides anabólicos androgénicos endógenos (EAAS) cuando se administran de forma exógena (es decir, no creados por el cuerpo humano) y otros agentes anabólicos, como los moduladores selectivos del receptor de andrógenos (SARMS).
3. ¿Qué atletas cuentan con Pasaporte Biológico?
Todos los atletas del nivel nacional, testeados en orina por la Organización Nacional Antidopaje de Colombia, son monitoreados a través, del módulo esteroidal del Pasaporte Biológico.
Los atletas que hacen parte del Grupo Registrado de Controles de Nivel 1, que practican deportes de alto y mediano riesgo para el uso de Agentes Estimulantes de la Eritropoyesis o cualquier forma de manipulación sanguínea (determinados por la Agencia Mundial Antidopaje).
Paradero
1. ¿Qué es paradero o información de paradero?
El paradero es información proporcionada por un número limitado de atletas acerca de su localización a la Federación Deportiva Internacional o a la Organización Nacional Antidopaje, que los incluyó en sus respectivos Grupos Registrados de Controles.
2. ¿Por qué es importante la información de paradero?
Los controles fuera de competencia son un medio efectivo de disuasión y detección de dopaje y son un paso importante para fortalecer la confianza de los atletas.
La información precisa sobre el paradero es crucial para evaluar a los atletas en momentos en los que es más probable que los tramposos usen sustancias y métodos prohibidos, para proteger la integridad del deporte y a los atletas que juegan limpio.
3. ¿Qué atletas deben suministrar información de paradero?
Los requisitos de paradero son para un número limitado de atletas de alto nivel que hacen parte de los Grupos Registrados de Controles de su Federación Deportiva Internacional o de su Organización Nacional Antidopaje. Cada Organización notificará a los atletas que fueron incluidos acerca de la información que deben suministrar, la periodicidad y el medio a través del cual reportaran su paradero.
Autorizaciones de uso Terapéutico
1. ¿Qué es una Autorización de Uso Terapéutico?
Los atletas, como todas las personas, pueden tener enfermedades o afecciones que les obliguen a tomar determinados medicamentos o someterse a procedimientos. Si el medicamento o método que un atleta requiere para tratar una enfermedad o afección se incluye en la Lista de Prohibiciones, una Autorización de Uso Terapéutico (AUT), puede otorgar a ese atleta la autorización para tomar el medicamento o método necesario. Las AUT se otorgan de acuerdo con el Estándar Internacional para las AUT (ISTUE), un documento que las condiciones, las responsabilidades de las partes interesadas y el proceso de la AUT.
2. ¿Cuáles son los criterios para otorgar una Autorización de Uso Terapéutico?
Para que se otorgue la AUT, se deben cumplir los siguientes cuatro criterios:
El atleta experimentaría problemas de salud importantes si no toma la sustancia o el método prohibidos;
El uso terapéutico de la sustancia no produciría una mejora significativa del rendimiento;
No existe una alternativa terapéutica razonable al uso de la sustancia o método prohibido;
El requisito de usar esa sustancia o método no se debe al uso anterior de la sustancia o método prohibido sin una AUT que estaba prohibida en el momento de su uso.
3. ¿Cuándo solicitar una AUT?
Un atleta que requiera AUT debe enviar su solicitud tan pronto surja la necesidad, excepto en circunstancias especiales o de emergencia.
Para sustancias prohibidas únicamente en competencia, el atleta debe solicitar la AUT 30 días antes de su próxima competencia, a menos que existan circunstancias excepcionales o de emergencia.
El atleta debe solicitar la AUT, diligenciando el Formato de Autorización de Uso Terapéutico y enviarlo junto con el soporte médico al correo electrónico controldopaje@mindeporte.gov.co
Manejo de Datos Protección de Información Personal
1. ¿Se encuentran protegidos mis datos y mi información personal?
Los datos y la información personal proporcionada a la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte, se encuentran protegidos por la Ley 1581 de 2012 "Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales", así como el Estándar Internacional para la Protección de la Privacidad y la Información Personal de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA- AMA).
2. ¿Cuál es la finalidad de los datos y la información personal que se proporciona a la Organización Nacional Antidopaje (ONAD) del Ministerio del Deporte?
Los datos y la información personal que proporciona a la ONAD serán utilizados exclusivamente con fines antidopaje por parte de nuestra Organización.
3. ¿Pueden compartirse mis datos y mi información personal con otras instituciones o con un tercero?
No, los datos y la información personal solo serán compartidos de acuerdo con los requerimientos que estén relacionados con las actividades propias de la Organización Nacional Antidopaje (ONAD) del Ministerio del Deporte o por autorización del titular a un tercero, a entidades u organismos en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial y a los titulares o sus representantes legales.
4. ¿Cuál es el tiempo de conservación de mis datos y mi información personal por parte de la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte?
La Organización Nacional Antidopaje garantiza que la Información Personal se conserve únicamente cuando siga siendo pertinente para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del Código Mundial Antidopaje y el Estándar Internacional para la Protección de la Privacidad y la Información Personal, o cuando lo requieran de otro modo las leyes, reglamentos o procedimientos legales obligatorios aplicables.
Una vez que la Información Personal ya no sirva a los efectos anteriores, se eliminará, se destruirá o se convertirá en anónima de forma permanente.
Controles
1. ¿Cuál es la organización responsable del Control Dopaje en Colombia?
Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte
2. ¿Dónde me puedo comunicar si tengo una duda sobre un control dopaje?
Se puede contactar para aclaración de dudas al correo electrónico controldopaje@mindeporte.gov.co. Es pertinente señalar que la información recaudada por el Grupo Interno de Trabajo Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte será tratada con la mayor confidencialidad posible y es exclusivamente con fines antidopaje, la cual debe atender la Ley 1581 de 2012 ??Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales??, el Decreto Reglamentario 1377 de 2013, el Código Mundial Antidopaje y el Esta?ndar Internacional para la Protección de la Privacidad y la Información Personal y demás normas concordantes a través de las cuales se establecen disposiciones en materia de ha?beas data y se regula el tratamiento de la información que contenga datos personales.
3. ¿Qué tipo de controles antidopaje se realizan en Colombia?
La ONAD Colombia, como Organización Nacional Antidopaje de Colombia realiza el proceso de toma de muestras de control dopaje en competencia y fuera de competencia, así como la recolección de muestras de orina y de sangre en deportistas que se encuentren dentro del Territorio Nacional y deportistas colombianos que se encuentren fuera del país.
4. ¿Quiénes son los deportistas a los que se les puede hacer un proceso de control dopaje?
Cualquier deportista puede ser llamado a un control dopaje por una Organización Nacional Antidopaje con jurisdicción.
Si forma parte de un equipo nacional puede ser llamado a un control durante una competencia o fuera de competencia, en su casa o sitio de entrenamiento, aun así, si está lesionado o no ha sido seleccionado para representar a su liga o al país o ha estado en la banca durante todo el partido, puede ser llamado a un control dopaje.
5. ¿Qué ocurre si no puedo proporcionar el volumen mínimo de la muestra de orina?
Si no puede proporcionar la cantidad mínima de orina requerida (90ml), la muestra proporcionada se denomina una muestra parcial, la cual se sellará temporalmente y se registrará en el formato de toma de muestras; se le pedirá proporcionar las muestras adicionales necesarias hasta completar el volumen indicado.
6. ¿Qué ocurre si la muestra de orina no cumple con los parámetros de la densidad o gravedad específica?
Si la muestra que ha proporcionado no cumple con los parámetros de densidad, el oficial de control dopaje le recomendará que no se hidrate más, que espere por lo menos una hora para proporcionar la siguiente muestra de orina y le solicitará las muestras adicionales necesarias hasta obtener una muestra con densidad/gravedad específica, válida.
Una muestra con densidad válida se considera cuando el volumen es superior a 90ml y la densidad es de 1.005 o mayor, o cuando el volumen es superior a 150ml y la densidad es 1.003 o mayor.
7. ¿Cuáles son las consecuencias de no cumplir con el procedimiento de control dopaje?
El incumplimiento del proceso de control dopaje puede resultar en una violación a las normas antidopaje y una posible sanción del deporte de hasta cuatro años. Podría contemplar, pero no limitarse a:
- Si proporciona información falsa al personal de toma de muestras o a la Organización Nacional Antidopaje
- Si se niega a proporcionar una muestra
- Si se niega a conceder la entrada al personal de toma de muestras en el sitio que ha indicado para el control
8. ¿Durante la pandemia causada por el COVID-19, pueden hacerme un control dopaje?
Si, La ONAD Colombia acata las indicaciones y regulaciones de las autoridades nacionales e internacionales con relación a la pandemia.
En los procesos de toma de muestras en competencia o fuera de competencia se tendrán en cuenta las recomendaciones sobre movilidad, distanciamiento físico y todas las medidas de bioseguridad.
Es importante que tenga presente que, de conformidad con el Código Mundial Antidopaje, los controles pueden realizarse en cualquier momento y lugar.
9. ¿Dónde se puede realizar el análisis de una muestra de control dopaje?
Los análisis para la detección de sustancias o métodos prohibidos en el deporte solamente se pueden realizar en los laboratorios acreditados por la Agencia Mundial Antidopaje WADA-AMA.
Educación y Prevención
1. ¿Que se define como Educación antidopaje?
Impartir formación sobre temas antidopaje para construir competencias en conductas deportivas limpias y tomar decisiones informadas.
2. ¿Qué es la educación basada en valores?
Realizar actividades que enfatizan el desarrollo de los valores y principios personales de un individuo. Desarrolla la capacidad de aprendizaje para tomar decisiones y comportarse éticamente.
3. ¿Quién imparte educación antidopaje en Colombia?
Con la entrada en rigor del Estándar Internacional de Educación y prevención, todos los signatarios del código (Gobiernos, Federaciones nacionales e internacionales, Comité Olímpico y Paralímpico) están en facultad de desarrollar programas educativos antidopaje, todos ellos coordinados con la Organización Nacional antidopaje del Ministerio del Deporte.
4. ¿Cómo solicitar una jornada de educación con la Organización Nacional Antidopaje del Ministerio del Deporte?
Se debe enviar un correo electrónico a controldopaje@mindeporte.gov.co realizando la solicitud de capacitación, informando la población con la cual se realizará la intervención, esta solicitud se debe realizar mínimo con 20 días de anticipación.
5. ¿Qué tipo de actividades de educación y prevención se realizan desde la Organización Nacional Antidopaje (ONAD)?
Desde la ONAD se realizan actividades pedagógicas tales como:
- Seminarios
- Charlas informativas
- Capacitaciones con temas específicos
- Acompañamiento a eventos deportivos recreativos y profesionales
- Programa de acompañamiento en grandes eventos deportivos
- Socialización de piezas informativas.