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Mindeporte, MinSalud e INVIMA se reunieron para fortalecer la lucha contra el dopaje en el deporte colombiano

viernes, 14 de marzo de 2025

Mindeporte, MinSalud e INVIMA Ampliar Imagen

Foto: reunión con representantes del Ministerio del Deporte, Ministerio de Salud e INVIMA para reforzar y garantizar un óptimo control al dopaje en el deporte colombiano.
Mindeporte, MinSalud e INVIMA

Las entidades trabajaron conjuntamente para reforzar la inspección, vigilancia y regulación de productos que puedan generar dopaje en los deportistas, asegurando la continuidad del trabajo interinstitucional y el cumplimiento de los estándares antidopaje nacionales e internacionales.

Prensa Mindeporte

Bogotá, marzo 14 de 2025. En cumplimiento de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, aprobada por la UNESCO y adoptada por Colombia mediante la Ley 1207 de 2008, el Ministerio del Deporte, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Dirección de Alimentos y Bebidas del INVIMA sostuvieron una reunión para articular acciones que permitan restringir el uso indebido de sustancias y métodos prohibidos en el deporte del país.

Este encuentro se realizó en el marco del compromiso del Estado colombiano con la Plataforma Nacional de Cumplimiento, que agrupa a entidades responsables de implementar la Convención y garantizar el desarrollo de políticas antidopaje efectivas. Durante la sesión de trabajo, se abordaron temas relacionados con la regulación de suplementos nutricionales, el control de medicamentos y sustancias potenciadoras del rendimiento deportivo, así como el impacto de estas en la salud y la equidad de la competencia.

Como Estado que hace parte de la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, Colombia debe garantizar la aplicación de sus disposiciones a nivel nacional, conforme a la Ley 1207 de 2008. En este marco, el artículo 7° establece la necesidad de una coordinación interinstitucional efectiva, permitiendo que el país cumpla sus obligaciones a través de organismos antidopaje y autoridades deportivas nacionales.

Asimismo, el artículo 8° dispone la adopción de medidas para restringir la disponibilidad y el uso de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, salvo en casos de exención terapéutica. En este sentido, durante el encuentro, las entidades revisaron los alcances de esta disposición y discutieron estrategias para reforzar los mecanismos de inspección, vigilancia y regulación.

En línea con estos compromisos, el Ministerio del Deporte y las entidades involucradas continúan fortaleciendo las regulaciones para garantizar un control más riguroso, protegiendo así la integridad del deporte colombiano.

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